CAMBIEMOS : PROYECTO DE COMUNICACION “Ordenanza GOBIERNO ABIERTO – Su falta de implementación”.
Mayo 02, 2019Propuesto por el Bloque de concejales de Cambiemos será tratado en la Sesión de hoy con su respectiva fundamentación VISTO: La Ordenanza N° 6536/16 donde se establecen normas para la implementación del sistema de Gobierno Abierto para el distrito de Saavedra; Y CONSIDERANDO: Que pese a la falta de cumplimiento los requisitos expuestos en la Minuta de Comunicación N° 87/17 y obligaciones posteriores contempladas en la Ordenanza; la misma establece la obligatoriedad para el Sector Público Municipal de implementar una política pública de “Gobierno Abierto” bajo los objetivos esenciales de transparencia, apertura de datos públicos, disponibilidad de información y mecanismos de participación y colaboración, con una fecha máxima establecida para su implementación que determina como tal el 1 de enero de 2019, fecha que ya expiró. Para determinar la fecha mencionada se aplicaron métodos de razonabilidad y experiencia de dos gestiones municipales de la Ciudad de Bahía Blanca, otorgando los tiempos necesarios que podía demandar su puesta en ejecución. - Que ya son muchos los sectores gubernamentales y municipios que implementaron el sistema de Gobierno Abierto, inclusive con iniciativas posteriores a la aprobación y promulgación de nuestra Ordenanza, pero seguramente estos con un concepto claro del significado y valor que tiene para una democracia de calidad exige, un gobierno abierto y transparente que rinda cuentas, donde la propia administración pública abra las vías de participación y deliberación a los involucrados por sus decisiones y dando muestras cabales de una transparencia que no debe ser ajena a ninguna administración pública. POR ELLO LOS CONCEJALES DEL BLOQUE CAMBIEMOS, PRESENTAN PARA SU CONSIDERACION Y POSTERIOR APROBACION EL SIGUIENTE, PROYECTO DE COMUNICACION ARTÍCULO 1º: Solicítese al Departamento Ejecutivo proceder a inmediata ejecución e implementación de la Ordenanza la Ordenanza N° 6536/16 de “Gobierno Abierto”. ARTÍCULO 2°: Infórmese al Departamento Ejecutivo que el Artículo 19 de la Ordenanza N° 6536/16 establece: “El Departamento Ejecutivo podrá implementar gradualmente la presente Ordenanza a partir de su promulgación, y dispondrá de un plazo máximo para su ejecución total que no superará el 1 de Enero de 2019”, por lo cual a partir de la fecha mencionada debió estar totalmente implementada la Ordenanza. ARTÍCULO 3°: Incorpórese al Expediente Nº 8134/2016. ARTÍCULO 4°: De forma.