Nicolás Cabral es nuevo jugador de Liverpool de Montevideo. Unión Pigüé sigue firme en el Fütbol del Recuerdo. San Martín de Carhué se proclamó campeón de la liga regional en 1ra división. El colombiano Iván Rodríguez deja Sarmiento y vuelve a Racing. En el Ezequiel Crisol comienza la temporada 2025 del TC del Sud Oeste.

El Intendente Notararigo y el Secretario de Salud dr. Tizón sobre la prohibición presidencial a reuniones sociales y/o familiares y otras locales

Agosto 03, 2020

en el Distrito de Saavedra  permanecen  habilitadas todas las libertades existentes hasta ahora y que corresponden  la fase 5 y con  otras particularidades locales, SALVO las  prohibiciones que se imponen por el DNU presidencial a partir de hoy como son las  reuniones sociales y/o familiares , y en particular localmente  se modifica el horario de circulación que vuelve a ser de 06:00  a 23.00  hs. con las excepciones por razones de fuerza mayor y de los que cuenten con el Certificado  respectivo .- Éste horario también regirá para los comercios  y recordando que los retenes de acceso continuarán cerrados entre las 23:00  y las 05:00  hs.-  Las precisiones del Intendente y el Secretario ded Salud en la conferencia de prensa brindada en la mañana de éste lunes 3 de agosto tambien detallaron que continuarán:               SIN CAMBIOS
Las actividades comerciales, culturales y deportivas y las profesiones y oficios continuarán funcionando  tal como lo venían haciendo  con los protocolos sanitarios correspondientes en vigencia para cada .-                                      CONTROLES  La policía controlará el cumplimiento de las prohibiciones presidenciales  que imponen  denuncia penal  para quienes  la infraccionen, y  también controlarán  el cumplimiento de las disposiciones locales  respecto de  los horarios de circulación .-                                                                                                                                        TEXTUAL: el artículo 9 inc. 2 del Decreto de Necesidad y Urgencia del Presidente de la Nación Alberto Fernandez publicado en el boletín oficial de la Nación define :   “ Quedan prohibidos los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación”.

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