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Declaran la emergencia en los partidos afectados por los incendios, incluye Cuartel V del Distrito de Saavedra Pigüé

Febrero 14, 2017

El Ministerio de Agroindustria de la Nación declaró la emergencia agropecuaria en partidos de la provincia de Buenos Aires, para los productores afectados por incendios.- La resolución publicada hoy en el Boletín Oficial declara la emergencia agropecuaria para las explotaciones agropecuarias afectadas por incendios ocurridos desde diciembre de 2016 a mediados de enero de 2017. - La medida alcanza a las circunscripciones III y VI del Partido de Balcarce, circunscripciones III y VII de Coronel Dorrego; circunscripciones VI, VIII y X de Coronel Rosales; circunscripciones V, VII y XIII de Bahía Blanca y circunscripción X de Puán.                                                       También a la circunscripción V de Saavedra; las circunscripciones III, IV, VIII y X de Tornquist; las circunscripciones I y X de Tandil y en la totalidad de los Partidos de Patagones y Villarino, por el plazo de seis meses a partir del 11 de enero de 2017. -                                                                                                                                                     Se determinó que el 10 de julio de 2017 es la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones afectadas de las áreas declaradas en la emergencia agropecuaria.

   Por otra parte se determinó que para poder acogerse a los beneficios de la Ley 26.509, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

   El Gobierno provincial remitirá a la secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por autoridad competente de cada provincia.

   Las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y AFIP arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la presente resolución gocen de los beneficios previstos en la Ley 26.509, establece la Resolución que lleva la firma del ministro Ricardo Buryaile. (Télam) 

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